ASUNTO :
PRECISIONES PARA PROCESO DE
MATRICULA 2019 - SIAGIE
REFERENCIA: R.M.
N° 712-2018-MINEDU - “Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2019 en
Instituciones Educativas y Programas Educativos de Educación Básica”.
R.M. N° 665-2018-MINEDU - “Norma que regula la
matrícula escolar y traslado en las Instituciones Educativas y Programas
Educativos de Educación Básica”.
Por medio del presente
me dirijo a usted, para expresarle mí cordial saludo y a la vez manifestarle
que de acuerdo a las disposiciones del documento de la referencia debe tener en
cuenta las siguientes precisiones:
1.
La matrícula escolar es el
único acto con el cual se formaliza el ingreso al sistema educativo peruano,
esta se registra en el SIAGIE el cual reporta la Constancia de matrícula y la Ficha
Única de Matricula
2.
La matrícula, se registra en la Ficha Única de Matricula,
la cual acompaña al estudiante a lo largo de su trayectoria educativa en todos
los niveles de la EBR –EBE, y se formaliza con la emisión de la nómina de
matrícula respectiva.
3.
La matrícula se realiza teniendo en cuenta la edad
cronológica del NNA, joven o adulta/o al treinta
y uno (31) de Marzo del año correspondiente, con la presencia del padre,
madre, apoderado/a o su representante
acreditado.
4.
Para la matricula, los datos personales del estudiante se
acreditan con la copia simple del DNI o partida de nacimiento o Pasaporte u
otro documento de identidad reconocido por las autoridades migratorias
competentes según corresponda. La falta de dichos documentos no es impedimento
para la matricula, previa presentación de una declaración jurada del
padre/madre o apoderado/a y el compromiso de regularizar antes de cumplir los
cuarenta y cinco (45) días del inicio del periodo lectivo.
5.
Durante la matrícula, en la I.E. o Programa está prohibida
cualquier práctica discriminatoria. La matrícula no está condicionada a examen
de ingreso, admisión u otro tipo de evaluación directa.
6.
La matrícula es gratuita en la II.EE públicas y no se puede condicionar al pago previo de la cuota de la APAFA, compra
de útiles o uniforme escolar, donaciones u otros conceptos, bajo
responsabilidad del director de la I.E, el responsable del programa o quien
haga sus veces.
7.
Ningún estudiante puede recibir el servicio
educativo sin estar matriculado y sin
figurar en la Nómina Oficial de Matricula emitido por el SIAGIE 2019.
8.
El director de la I.E. es el único responsable de la matrícula y del
registro oportuno de la información en el SIAGIE.
Traslados
de matricula
1.
En el caso de matrículas por traslado
se realizaran hasta sesenta días calendario antes de que finalice el periodo
lectivo debiendo tener como requisitos obligatorios lo siguiente:
·
Resolución Directoral de traslado de la I.E de Origen
·
Ficha de Matricula
·
Copia del DNI
·
Certificado de estudios solo para
los que ingresan al 1er grado del nivel.
·
Boleta de notas solo para los que
fueron evaluados en el primer y segundo trimestre en la I.E de origen.
2.
Las II.EE. privadas están prohibidas de impedir el traslado de matrícula por deuda; solo pueden retener los
certificados de estudio de los grados no pagados, siempre y cuando hayan
informado a las a las madres y padres de familia o apoderados al momento de la matrícula.
Cronograma
de procesos.
Procesos
SIAGIE
|
PLAZOS
ESTABLECIDOS
|
Revisión y Aprobación de Actas de Evaluación etapa de Recuperación
|
Hasta antes del 28 de febrero
|
En Administración/Configuración
del Año escolar 2019
|
Nivel inicial : INICIO 11 /03/2019 FIN 31 /12 / 2019
Nivel primaria y secundaria: INICIO
11 / 03 / 2019
FIN 28 / 02 / 2020
|
Fecha de cierre de nómina de
matricula
|
24 / 04 / 2019
|
Configuración de la Fase Regular
|
INICIO 11 / 03 / 2019
FIN 20 / 12 / 2019
|
Generar, Revisar y Aprobación de nóminas de matrícula
2019 (no
hay rectificación de nóminas)
|
Hasta antes del 24 de abril
2019
|
Traslados en el mismo año
|
Hasta antes del 25 de octubre
2019
|
Generar, Revisar y Aprobación de nóminas de matrícula
adicionales 2019
|
Hasta antes del 31 de octubre
2019
|
Responsabilidades
de la Institución Educativa
El director de la I.E, el responsable
del programa o quien haga sus veces, es responsable de:
· Difundir los plazos para la matrícula y traslados
así como como sus requisitos antes del inicio de cada periodo lectivo a través
de los medios más apropiados a su contexto.
· Garantizar el cumplimiento de los plazos
establecidos para la matrícula y los traslados, con la finalidad de asegurar el
acceso y la continuidad de la trayectoria educativa del estudiante.
· En el caso de estudiantes que no cuentan con
documento de identidad coordinar con el padre, madre o apoderado la obtención
del DNI del estudiante que lo requiera.
· Si al momento de registrar y/o matricular al
estudiante se desconoce la procedencia de un alumno que ingresa al sistema
solicitar a la UGEL el formato de búsqueda del último registro del estudiante
en el SIAGIE.
· En el Caso de estudiantes con NEE asociadas a
discapacidad, actualizar la información referidas al certificado de discapacidad
como parte del proceso de matrícula, traslado o regularización de la
información; y gestionar el informe psicopedagógico con el SAANEE, con el
psicólogo u otro especialista competente.
· Mantener un archivo físico de las nóminas de
matrícula y actas de evaluación emitidas en el SIAGIE por cada periodo lectivo,
con su respectiva firma y sello, para garantizar la consistencia de información
registrada.
· Otorgar el
certificado de estudios en el plazo establecido en las normas específicas
aplicables.
· En caso la matricula o el traslado sea efectuado
por una persona que no tenga vínculo familiar o de tutela legal del estudiante,
informa inmediatamente a la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente
(DEMUNA) o la Unidad de Protección Especial del Ministerio de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables, donde existiese.
Sin otro particular
aprovecho la oportunidad, para expresarle las muestras de mi especial
consideración y estima personal.
Atentamente,
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